«Sobre la sucesión presidencial en Venezuela: ‘Un día nefasto para la historia de la Democracia Latinoamericana'»

«Sobre la sucesión presidencial en Venezuela: ‘Un día nefasto para la historia de la Democracia Latinoamericana'»

Por Instituto de Relaciones Internacionales – UNLP (*) @iriunlp.- La semilla del Principio Democrático en nuestro Continente se remonta a la creación de la OEA, la organización tuvo como aspiración, en su Carta (1948) el ejercicio efectivo de la democracia representativa como forma de organización política de los Estados americanos. ​En la Declaración de Santiago (1959) se dieron los lineamientos mínimos que la democracia representativa ha de tener y cómo se vincula ella con el ejercicio de los DD.HH. Ya con el Protocolo de Cartagena (1985) se fijó a la promoción y protección de la democracia representativa como propósito esencial de la organización (es decir, la OEA, sus órganos y sus miembros). Este inclaudicable objetivo se sofisticó con el Compromiso de Santiago en Democracia y la Renovación del Sistema Interamericano (1991), la resolución 1080 (1991), el Protocolo de Washington (1992) y la Carta Democrática Interamericana (2001).

En el proceso de redacción y adopción de todos y cada uno de esos instrumentos, participaron tanto Argentina como Venezuela. No podemos dejar pasar (porque es un compromiso legal, pero, ante todo, un compromiso moral) la evidente violación del Principio Democrático, que nuestra región ha establecido para proteger la democracia como forma de vida y que fue en forma flagrante vulnerada el 28 de julio del 2024 en Venezuela

Tal como la OEA sostuvo en 1984, “El imperio de la ley, la separación de poderes, elecciones libres, libertad de prensa y de expresión, entre otros, son valores a proteger. Es bueno en tiempos donde parece resurgir en algunos gobernantes la idea de su reelección indefinida, recordar que esta resolución ya señalaba que la continuidad en el poder para ejercerlo sin plazo determinado y con manifiesto propósito de perpetuación son incompatibles con el ejercicio efectivo de la democracia representativa.

30 años después sigue tan (o aún más) vigente que entonces. La voluntad popular no puede ser violada tan burdamente, la oposición política no debe ser perseguida ni la disidencia silenciada. Dentro de la ley todo… fuera de ella, nada. Por ello es que “aturde el silencio del Progresismo” en nuestra región, más teniendo en cuenta nuestra trágica historia con las dictaduras militares (a las que creímos, ingenuamente, desterradas). No hagamos caso omiso. Ni hoy, ni nunca.

 (*) Editorial del Instituto de Relaciones Internacionales – UNLP (IRI) de fecha 10 de enero de 2025.

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