Es ley la Boleta Única de Papel para las elecciones nacionales a partir de 2025

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El Congreso convirtió en ley en forma definitiva la norma con 143 votos afirmativos, 87 negativos y 5 abstenciones.

Un histórico cambio para los electores argentinos se dará en las próximas elecciones legislativas luego que el Congreso sancionase el proyecto de ley de Boleta Única de Papel.

Luego de más de dos años de la media sanción, la Cámara de Diputados aprobó en forma definitiva el proyecto tras aceptar los cambios incorporados en el Senado.

De esta forma la BUP desplazará a la tradicional boleta partidaria, pero en la provincia de Buenos Aires todo seguirá igual con la boleta ya conocida para las categorías de Gobernador y vice, legisladores, e intendentes, concejales y consejeros escolares.

La BUP contendrá toda la oferta electoral nacional en una misma papeleta donde los cargos a elegir estarán en filas horizontales y las agrupaciones políticas ordenadas verticalmente, similar a lo que ocurre hoy en la provincia de Mendoza.

Además, para lograr el apoyo de partidos provinciales, el Senado eliminó la posibilidad de que la boleta contenga un casillero en blanco con la opción de votar lista completa.

En la BUP deberá identificarse el nombre de la agrupación; la sigla, símbolo distintivo y el número de identificación de la agrupación política; y la categoría de cargos a elegir.

Para el caso de presidente y vice, nombre, apellido y fotografía color de ambos candidatos; para el caso de la lista de senadores nacionales, nombre y apellido de los candidatos y fotografía color de las personas titulares; para el caso de la lista de diputados nacionales, deberá contener como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos de la lista, a excepción de los distritos que elijan un número inferior, en cuyo caso se consignarán el total de los candidatos. En todos los casos se incluirá la fotografía color de los primeros dos 2 candidatos titulares.

A partir de estos cambios, se producirán movimientos en el calendario electoral: las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se adelantarán del segundo al primer domingo de agosto; se pasa de 50 a 60 días anteriores a la elección el plazo para el registro de la lista de candidatos proclamados; de 40 a 45 días para exhibir el diseño de la boleta única; y la campaña electoral se iniciará 60 días antes de las elecciones -actualmente es 50-.