El Ministerio de Capital Humano publicó el llamado a los representantes de los gremios, empresarios y el propio Estado a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 30 de abril de 2024, a las 16:00 horas, mediante plataforma virtual, a través de la Resolución 6/2024 del Boletín Oficial.
Previamente, se reunirá la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo, también virtualmente, a las 14:00 horas para avanzar en la determinación del Salario Mínimo y de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
Así quedó establecido en la Resolución que sostuvo que “resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria del órgano así como disponer la convocatoria a reuniones de las comisiones establecidas oportunamente, fijando los temarios respectivos”.
Asimismo, el texto oficial designó como presidente alterno del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil a Liliana Acosta de Archimbal, que recientemente fue nombrada como subsecretaria de Relaciones del Trabajo en la cartera que dirige Sandra Pettovello.
El cónclave entre los gremios, los empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales se dará en la previa del día internacional de los trabajadores y será el segundo del año tras la reunión de febrero en la que no se llegó a un acuerdo entre las partes y el Ejecutivo terminó definiendo un aumento del 30% en el piso salarial en dos tramos (febrero y marzo).
De esta manera, el salario inicial pasó de $156.000 a $180.000 en febrero para los trabajadores mensualizados, mientras que en marzo alcanzó los $202.800. En cuanto a los empleados jornalizados, la hora aumentó de $780 a $900 en el segundo mes del año y a $1.014 en el tercero.
El incremento del 30% del sueldo mínimo en el primer trimestre del año tuvo una caída del 15,8%, frente a la inflación de dicho periodo, que se ubicó en 51,6%. El deterioro del salario se profundizará en abril ya que la actualización de los ingresos no sería de manera retroactiva, sino que aplicaría desde mayo.
El nuevo monto que se defina actúa como parámetro no solo para la fijación del sueldo mínimo, sino que también incide en el piso de los haberes jubilatorios, el valor del seguro por desempleo, y actúa como variable ordenadora para el cálculo de las Asignaciones y del impuesto a las Ganancias.
Con respecto a dicho tributo, la exención de Ganancias aplica para los trabajadores que ganan menos de 15 SMVM (hoy $3.042.000), por lo que el cambio en el valor del sueldo base impacta en la cantidad de asalariados que son excluidos del impuesto. En tanto que en lo que refiere a los programas sociales, la actualización del SMVM derivará en un incremento en los montos que perciben los beneficiarios.