El Papa con «Fiducia supplicans» del Dicasterio para la Doctrina de la Fe que dirige «Tucho· Fernández permitió la bendición a parejas homosexuales
El Vaticano con la declaración doctrinal «Fiducia supplicans» del Dicasterio para la Doctrina de la Fe autorizó este lunes oficialmente por primera vez la bendición de parejas del mismo sexo dentro del marco de la Iglesia Católica Apostólica Romana, con la condición de que se realice fuera de los ritos litúrgicos del matrimonio.
Ante la petición de dos personas de ser bendecidas, aunque su condición de pareja sea «irregular», será posible que el ministro ordenado dé su consentimiento. Pero sin que este gesto de proximidad pastoral contenga elementos ni remotamente parecidos a un rito matrimonial. Así lo afirma la Declaración «Fiducia supplicans» sobre el significado pastoral de las bendiciones, publicada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe conducido por el cardenal «Tucho» Fernández y aprobada por el Papa. Un documento que profundiza en el tema de las bendiciones, distinguiendo entre las bendiciones rituales y litúrgicas, y las bendiciones espontáneas que se asemejan más a gestos de devoción popular: precisamente en esta segunda categoría se contempla ahora la posibilidad de acoger también a quienes no viven según las normas de la doctrina moral cristiana pero piden humildemente ser bendecidos. Desde agosto de hace 23 años, el antiguo Santo Oficio no publicaba una declaración (la última fue en el año 2000 «Dominus Jesus»), un documento de alto valor doctrinal.
«Fiducia supplicans» se abre con una introducción del prefecto, el cardenal Víctor Fernández, quien explica que la declaración profundiza en el «significado pastoral de las bendiciones», permitiendo «ampliar y enriquecer su comprensión clásica» a través de una reflexión teológica «basada en la visión pastoral del Papa Francisco». Una reflexión que «supone un verdadero desarrollo respecto a lo dicho hasta ahora sobre las bendiciones», llegando a incluir la posibilidad «de bendecir a parejas en situación irregular y a parejas del mismo sexo, sin validar oficialmente su estatus ni modificar en nada la enseñanza perenne de la Iglesia sobre el matrimonio».
Tras los primeros parágrafos (1-3), en los que se recuerda el anterior pronunciamiento de 2021, ahora ampliado, la declaración presenta la bendición en el sacramento del matrimonio (parágrafos 4-6) declarando «inadmisibles los ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio» y «lo que lo contradice», para evitar reconocer en modo alguno «como matrimonio algo que no lo es». Reiteró que, según la «perenne doctrina católica», sólo se consideran lícitas las relaciones sexuales dentro del matrimonio entre un hombre y una mujer.
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Un segundo amplio capítulo del documento (parágrafos 7-30) analiza el significado de las diversas bendiciones, que tienen como destino personas, objetos de devoción, lugares de la vida. Recuerda que «desde un punto de vista estrictamente litúrgico», la bendición requiere que lo que se bendice «sea conforme a la voluntad de Dios expresada en las enseñanzas de la Iglesia». Cuando con un rito litúrgico específico «se invoca una bendición sobre determinadas relaciones humanas», es necesario que «lo que se bendice pueda corresponder a los designios de Dios inscritos en la Creación» (11). Por tanto, la Iglesia no tiene potestad para conferir una bendición litúrgica a parejas irregulares o del mismo sexo. Pero hay que evitar el riesgo de reducir el sentido de las bendiciones sólo a este punto, exigiendo para una simple bendición «las mismas condiciones morales que se exigen para la recepción de los sacramentos» (12).
Tras analizar las bendiciones en la Escritura, la declaración ofrece una comprensión teológico-pastoral. Quien pide una bendición «se muestra necesitado de la presencia salvadora de Dios en su historia», porque expresa «una petición de ayuda a Dios, una súplica por una vida mejor» (21). Esta petición debe ser acogida y valorada «fuera de un marco litúrgico», cuando se encuentra «en un ámbito de mayor espontaneidad y libertad» (23). Consideradas desde la perspectiva de la piedad popular, «las bendiciones deben valorarse como actos de devoción». Para conferirlas no es necesario, por tanto, exigir como condición previa una «perfección moral previa».
Profundizando en esta distinción, sobre la base de la respuesta del Papa Francisco a la dubia de los cardenales publicada el pasado mes de octubre, en la que pedía discernir sobre la posibilidad de «formas de bendición, solicitadas por una o varias personas, que no transmitan una concepción errónea del matrimonio» (26), el documento afirma que este tipo de bendición «se ofrece a todos”, sin pedir nada, haciendo sentir a las personas que permanecen bendecidas no obstante sus errores y que «el Padre celestial sigue queriendo su bien y esperando que finalmente se abran al bien» (27).
Existen «diversas ocasiones en las que las personas acuden espontáneamente a pedir una bendición, ya sea en peregrinaciones, en santuarios o incluso en la calle cuando se encuentran con un sacerdote», y tales bendiciones «se dirigen a todos, nadie puede ser excluido» (28). Por tanto, quedando prohibido activar «procedimientos o ritos» para estos casos, el ministro ordenado puede unirse a la oración de aquellas personas que, «aunque estén en una unión que en modo alguno puede parangonarse al matrimonio, desean encomendarse al Señor y a su misericordia, invocar su ayuda, dejarse guiar hacia una mayor comprensión de su designio de amor y de vida» (30).
El tercer capítulo de la declaración (parágrafos 31-41) abre, por tanto, la posibilidad de estas bendiciones, que representan un gesto hacia quienes «reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo» (31). Tales bendiciones no deben ser estandarizadas, sino confiadas al «discernimiento práctico en una situación particular» (37). Aunque se bendice a la pareja pero no la unión, la declaración incluye entre lo bendecido las relaciones legítimas entre las dos personas: “en la oración breve que puede preceder esta bendición espontanea, el ministro ordenado podría pedir para ellos la paz, la salud, un espíritu de paciencia, diálogo y ayuda mutuos, pero también la luz y la fuerza de Dios para poder cumplir plenamente su voluntad» (38). También se aclara que, para evitar «cualquier forma de confusión y escándalo», cuando una pareja irregular o del mismo sexo pida la bendición, «nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos. Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio» (39). Este tipo de bendición «puede encontrar su lugar en otros contextos, como la visita a un santuario, el encuentro con un sacerdote, la oración recitada en un grupo o durante una peregrinación» (40).
Por último, el cuarto capítulo (parágrafos 42-45) nos recuerda que » cuando la relación con Dios está enturbiada por el pecado, siempre se puede pedir una bendición, acudiendo a Él» y deseándola pueda ser en algunas situaciones «el bien posible» (43). (V N)