En el marco de un habeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), tras una inspección realizada en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de La Plata ordenó la clausura del pabellón de Separación del Área de Convivencia y dispuso en un plazo de 60 días, la ejecución de un plan de mejoras edilicias de la celda de admisión y el pabellón trans de la Unidad Penitenciaria N° 8 de Los Hornos. El fallo también recordó que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado. En los pabellones denunciados, las mujeres y varones trans permanecían en encierro estricto más de 22 horas al día y algunas llevaban más de dos meses detenidas en esa situación. Debiéndose señalar que el Servicio Penitenciario Bonaerense depende del Ministerio de Justicia provincial a cargo del ex intendente «menemista» de La Plata, Julio Alak.
Tras una inspección realizada en mayo en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) denunció el agravamiento de las condiciones de detención de las personas alojadas en los sectores de Separación de Área de Convivencia (SAC), celda de admisión y pabellón trans de la Unidad Penitenciaria 8 de Los Hornos.
El habeas corpus describía la precariedad edilicia de estos pabellones y el grave régimen de vida: la población allí alojada permanecía encerrada en sus celdas más de 22 horas al día, alguna de las personas además durante periodos de hasta tres meses. Sólo tenían una hora y media para salir al patio, utilizar las duchas, lavar la ropa y limpiar el pabellón.
Sobre las condiciones materiales de detención, la denuncia señalaba que las celdas eran de dimensiones reducidas, ediliciamente deterioradas con humedad en paredes y techo, se padecía el frío extremo por la falta de los vidrios de las ventanas de los pabellones y la ausencia de cualquier sistema de calefacción, las conexiones eléctricas eran precarias, los baños y duchas estaban en malas condiciones y no tenía cerramiento, vulnerando la privacidad de las personas. Además se advertía la presencia de roedores y cucarachas.
Sobre el sector SAC en particular, ya en 2018 la CPM había denunciado las condiciones de aislamiento absoluto, la falta de acceso a sanidad, la falta de provisión de elementos de higiene y, en ese momento, se detectó que el agua no era apta para el consumo humano por presentar contaminación fecal. Hasta el trámite de este nuevo habeas corpus, sólo la calidad del agua se había mejorado, el resto de las condiciones continuaron agravándose.
Tras recabar distintas pruebas y realizar la audiencia entre las partes, en la que participaron una referente de cada uno de los sectores denunciados, el Tribunal Oral Criminal (TOC) N° 1 de La Plata –integrado por Ceciclia Sanucci, Hernán de Castelli y Ramiro Fernández Lorenzo– reconoció las graves condiciones de detención, la afectación de la dignidad humana y el riesgo para la integridad personal de las mujeres y personas trans alojadas en esos pabellones.
“Las fotos muestran un estado edilicio decadente en términos estructurales, humedad, paredes agrietadas, falta de pintura, paredes manchadas, pisos sucios con charcos de agua, conexiones eléctricas muy precarias, condiciones pésimas de los baños, para exponer lo más sustancial. En definitiva, revelan un estado de cosas que no resulta compatible con un estándar de detención en condiciones dignas”, resume el fallo. Esta situación había sido reconocida además por la Directora de la Unidad Viviana Caturetti y las autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia.
Ante la grave situación, y tal como habían solicitado la CPM y la Secretaria de Ejecución de la Defensoría General Paola Relli Ugartemendia durante la audiencia de habeas corpus, el Tribunal dispuso la clausura del pabellón Separación del área de convivencia y el traslado inmediato de las personas alojadas en ese sector. El fallo, que salió por unanimidad, señala explícitamente la prohibición absoluta de ingreso y alojamiento de personas privadas de su libertad en ese sector, hasta tanto cuente con las condiciones de habitabilidad necesarias, que requerirá rehabilitación judicial.
Con respecto celda de admisión y pabellón trans, el fallo reclamó que el Estado provincial presente un plan de mejoría edilicia y que su ejecución comience en los próximos 60 días. En ese sentido, el Tribunal reconoció el compromiso asumido por el Subsecretario de Política Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, José González Hueso, de presentar en menos de 45 días el proyecto de mejoras para la UP 8.
Cabe mencionar que, durante el trámite del habeas corpus, se realizaron algunos arreglos que lejos estaban de solucionar el problema estructural; las referentes de los pabellones que participaron de la audiencia reconocieron que se habían realizado pequeñas mejoras en los baños y se colocaron los vidrios faltantes en las ventanas.
Sobre el plan que deben presentar las autoridades provinciales, el Tribunal recogió uno de los pedidos de la CPM y solicitó que las reformas en la infraestructura contemplen la readecuación del “Pabellón Trans” a fin de que se genere un espacio de cierta autonomía, reconociendo la diversidad de género entre las personas que se alojan en este pabellón y el resto de la cárcel.
En lo inmediato, el fallo del TOC N° 1 de La Plata ordenó que se reparen de manera urgente las conexiones eléctricas que se encuentren en estado precario, que se coloque el cerramiento de los baños, se garantice el acceso a la salud y la provisión de elementos de higiene y limpieza, y se suprima la presencia de roedores.
El fallo también ordenó que las personas que permanezcan alojadas en el sector de admisión y el pabellón trans puedan estar más tiempo al aire libre y acceder a actividades deportivas y recreativas. En ese sentido, el Tribunal recordó, a su vez, que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado. (Agencia Andar)
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