Un polémico decreto para un negocio inmobiliario hizo explotar a la asamblea de inundados
En las últimas horas, el portal Diario Full, reveló un decreto municipal firmado por el intendente Julio Garro en el que más de 60 espacios rurales quedarían habilitados para el desarrollo de emprendimientos inmobiliarios. La medida beneficia a un acotado grupo de empresarios de la construcción.
El decreto de inscribe en la Ley 8.912 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo sancionada en 1977 por la dictadura militar. Una de los lugares marcados por el nuevo mapa del negocio inmobiliario en La Plata es el área de la calle 467 que va a Colonia Urquiza, entre otras zonas rurales que ahora pasarán a ser de desarrollo inmobiliario.
La norma, que todavía no fue publicada pero que está numerada y protocolizada, habilita con unos pocos artículos alrededor de 1.000 nuevas hectáreas para el uso urbano en lo que hoy es territorio productivo, crea 500 hectáreas de áreas en espera de urbanización alrededor del aeropuerto, y desvirtúa la reserva natural protegida del arroyo El Pescado así declarada por ley provincial.
Por tal motivo, desde la Asamblea de Inundados de La Plata salieron a responder y afirmaron que “se pretende multiplicar groseramente el negocio de unos pocos empresarios amigos dedicados a generar el producto más nocivo para la ciudad: un loteo extensivo, descontrolado, sin servicios y casi siempre en zonas bajas que ellos rellenarán para inundar a otros, para el que no invierten casi nada pero por el que cobran fortunas. Generan así una hipoteca para el estado y la sociedad toda mientras ni una palabra se dice de cómo se soluciona el problema de los centenares de familias que cada año se ven empujadas a barrios informales en las peores condiciones ambientales.
Como ocurrió en ocasión de la aprobación de los 34 emprendimientos en diciembre pasado, cuando se demostró después que había una amplia superficie expuesta a alto o medio riesgo hídrico, las nuevas áreas que Garro pretende habilitar pertenecen a la cuenca media o alta de la extensa red de arroyos de la región. Como aquella vez acá no hay ninguna consideración sobre el riesgo de inundaciones, las modificaciones que suelen hacer los desarrolladores levantando los terrenos, las reglas obligatorias para retener caudales, la preservación de los bañados, o la contribución a infraestructuras básicas.
Lo peor es que este decreto manifiestamente ilegal (imposible modificar una ordenanza como la del COU por un decreto, pero además debe haber aval de Provincia), hace mención cínicamente a que lo dispuesto surge de las conclusiones del inexistente Plan Estratégico 2030.
Tampoco hace mención alguna a las recomendaciones del ayer presentado Plan de Reducción de Riesgo de Inundaciones, que es una importante contribución de la Universidad pero para el que nada se ha hecho por parte de la municipalidad para ponerlo en marcha.
No conforme con eso deja traslucir que el decreto se hizo con participación de las instituciones que conforman el Consejo Único de Ordenamiento Territorial, (colegios profesionales, ámbito académico, concejales de los distintos bloques). Ni ellos ni nadie fueron jamás convocados para opinar sobre semejante zafarrancho.
Por eso, el Espacio Asamblea de Inundados de La Plata denuncia la sanción de esta norma absolutamente nula y fuera de todo procedimiento legal, pide su inmediata derogación y hace responsable al Intendente Garro por las implicancias que puede traer los días que dure su vigencia.
Hacemos también un llamado a todas las organizaciones de la comunidad para que entre todos cuidemos nuestro vapuleado territorio con el mayor sentido de responsabilidad”.