La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría declaró inconstitucional un decreto del presidente Mauricio Macri que habilitaba la posibilidad del voto por correspondencia para los argentinos que viven en el exterior.
Entre sus argumentos, la magistrada señaló que la medida dictada por el Ejecutivo «ha pretendido reformar normas electorales (al establecer un nuevo sistema de votación, una fecha distinta para la celebración del acto electoral y un procedimiento diferente para la realización del escrutinio), cuestiones que debe ser analizada por el Congreso».
«Ni la Ley 24.007 ni el Código Electoral Nacional, -en su redacción original como tampoco en ninguna de sus reformas-, prevén la posibilidad de emitir sufragio mediante correo postal», sostuvo la magistrada en su resolución.
El Decreto 45/2019 establecía que «los argentinos residentes en el exterior podrán manifestar su voluntad de emitir el sufragio por correo postal, inscribiéndose personalmente en la representación diplomática o consular correspondiente a su domicilio o en el registro on-line que la Cámara Nacional Electoral habilite a tal fin, hasta noventa (90) días antes de la fecha de la elección en la República Argentina».
Según el padrón electoral de 2017, hay 360.000 argentinos que residen en el exterior y que están habilitados para votar.