La Justicia ordenó al Gobierno porteño que «prohíba en forma inmediata» el funcionamiento de las empresas de delivery en bicicleta en la Ciudad de Buenos Aires hasta que acrediten «judicialmente la adecuación» a los requisitos legales estipulados por el Código de Tránsito y Transporte local.
Según se detalló, los repartidores de «Rappi», «Glovo» y «Pedidos Ya», no podrán volver a las calles hasta que no se garantice «que todos circulen utilizando casco», que «la caja portaobjeto esté anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda» del conductor, que posean seguro de vida y de accidentes, libreta sanitaria, y que todos los rodados «cuenten con adecuada señalización mínima (luminosa y refractaria)».
Así lo resolvió el titular del juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, quien ordenó además que se diseñe y ejecute un plan de contingencia económica y social para compensar la reducción de ingresos de los repartidores hasta que se normalice la situación, a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Según puntualiza el fallo, las firmas Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A., «transgreden la normativa vigente» comprendida en el capítulo 13 del Código.