Piden eliminar renovación del Certificado para discapacidades permanentes

Para los casos de discapacidades permanentes e irreversibles.

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En el marco del Día Mundial de Personas con Síndrome de Down, el Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, solicitó la eliminación por parte del Estado de la exigencia de renovación del C.U.D «en los casos de discapacidades permanentes e irreversibles, sin perjuicio de los controles periódicos que puedan exigir las Juntas Evaluadoras».

Cabe señalar que conforme a lo que establece la Ley N° 22431, y las normas complementarias, el Certificado Único de Discapacidad tiene fecha de vencimiento determinado por una Junta Evaluadora.  Ese límite somete a las personas con discapacidad y/o a su grupo familiar a la realización de engorrosos y burocráticos trámites a la hora de solicitar la renovación del mismo. Por ello, Martello propuso incorporar a la ley que una vez «acreditada la discapacidad permanente e irreversible del afectado, el certificado se expedirá por única vez y de forma definitiva, y deberá consignarse en el mismo su fecha de emisión».

Según se advirtió, la Argentina no tiene datos estadísticos oficiales de Síndrome de Down, siendo el único estudio cuantitativo un informe realizado en base a información de los familiares que concurren a la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA).

El mismo marca que uno de cada dos niños, niñas y adolescentes con Síndrome de Down concurre a un establecimiento educativo común, el 29% no posee maestra integradora, el 85% concurre a un establecimiento privado y solo el 8,3% de las personas con Síndrome de Down culminó los estudios secundarios.

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